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domingo, marzo 15, 2026
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Poder Judicial; una reforma que avanza

Francisco Ortiz Bello

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Sin duda alguna, el Poder Judicial en nuestro país ha sido a lo largo de los años un completo enigma para los ciudadanos, tanto por lo complejo, técnico y especializado de los temas que ahí se tratan, y de las decisiones que ahí se toman, como por lo “sigiloso” y “altamente confidencial” de sus manejos, incluso, hay quienes cuestionan fuertemente la opacidad característica en las acciones y determinaciones de este órgano de gobierno del Estado Mexicano.

Diseñado y contemplado en la constitución de México como uno de los tres poderes que conforman nuestro sistema de gobierno, autónomo e independiente en su origen, o al menos en su concepción original, el Poder Judicial ha resultado en los hechos, un verdadero enigma indescifrable para el ciudadano de a pie, aunque muchas de sus resoluciones, por no decir que todas, tienen un impacto importante en nuestras vidas, a veces directo y otras indirecto, pero siempre impactan en la sociedad.

En el libro “¿Qué es el Poder Judicial?”, cuarta edición, impresa por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en marzo de 2005, cuya edición y revisión estuvo a cargo de la Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se establecen los lineamientos tanto jurídicos como ideológicos y conceptuales de este importante órgano. Para una mejor comprensión del tema, transcribo textualmente algunos párrafos importantes de este trabajo.

“En el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece el principio de supremacía constitucional, por el cual la Constitución Federal y las leyes que de ella emanen, así como los tratados celebrados con potencias extranjeras, suscritos por el presidente de la República con aprobación del Senado, constituyen la Ley Suprema de toda la Unión.”

“La Constitución Federal se divide en dos partes: la dogmática y la orgánica. La primera de ellas se refiere a los derechos fundamentales del hombre, mientras que la segunda tiene como finalidad organizar al poder público.”

“Ahora bien, para que el Estado no pueda ejercitar un poder sin límites sobre los individuos, es preciso que se encuentre circunscrito por un sistema de competencias. Para evitar el abuso del poder, es fundamental que el Estado cuente con una división de poderes. Así, la parte orgánica de la Constitución es la que organiza al poder público.”

“La propia Constitución creó al Poder Judicial de la Federación, al cual confirió la defensa del orden constitucional, que queda garantizada mediante el juicio de amparo, las controversias constitucionales, las acciones de inconstitucionalidad y la facultad de investigación prevista en el artículo 97 de la Constitución Federal. La referida función ha hecho que dicho Poder (Judicial) se revele como un factor de equilibrio entre los Poderes de la Unión.”

“En los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Federal establece dos órdenes subordinados a ella: la Federación y los Estados. Entre ellos no existe subordinación, ya que cada uno es instancia decisoria suprema dentro de su competencia. Los Estados se dan libremente su propia Constitución, en la que establecen su estructura de gobierno, pero sin contravenir el pacto federal inscrito en la Carta Magna.”

“La división de Poderes, así como la independencia que existe entre éstos, constituye la base de un Estado democrático. En México, nuestra Constitución establece que el Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que, como regla general, no podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, lo que sustenta el principio complementario de autonomía de cada uno de ellos.”

“¿Qué es el Poder Judicial de la Federación? Es el Poder que cuenta con las atribuciones necesarias para impartir justicia de manera cumplida y para mantener el equilibrio entre los demás Poderes.” Fin de la cita.

De manera similar que en la federación, en nuestro estado, como en el resto de las entidades, el sistema de gobierno estatal se divide en tres poderes, el legislativo, el judicial y el ejecutivo, más o menos con las mismas reglas y atribuciones que para la federación, obviamente restringidas o acotadas al ámbito de lo estatal. Por eso resultaba importante y necesario tener todo el contexto completo sobre este poder a nivel nacional, y su correspondencia en Chihuahua.

Por ello resulta de enorme trascendencia la reforma judicial aprobada el pasado 19 de mayo en el congreso del estado, mediante la cual se introducen cambios importantes para fortalecer y democratizar esta institución. Reforma que, una vez aprobada en el Congreso por mayoría calificada, recorre ya los Cabildos de los 67 ayuntamientos de la entidad, en busca de la aprobación respectiva para que alcance el estatus de reforma constitucional aprobada, y en el que el Cabildo de Juárez ya jugó un importante papel al haber sido aprobada recientemente, que generó una declaración de reconocimiento y agradecimiento por parte de la Magistrada Presidenta del TSJE, Miriam Hernández, al presidente municipal Cruz Pérez Cuellar.

Básicamente, se modifica la forma de seleccionar y elegir a los magistrados, los requisitos de carrera para aspirar a posiciones dentro del Poder Judicial, la reelección de consejeros del Consejo de la Judicatura, así como el incremento en el número de años como magistrado, de 5 a 7, para ocupar la presidencia del TSJE, cambios que ocasionaron algunas críticas principalmente en la oposición representada por Morena en el Congreso.

Sin embargo, más allá de las críticas o suspicaces cuestionamientos, lo cierto es que esta reforma ha privilegiado y fomentado, como nunca antes en la historia del Poder Judicial en Chihuahua, una sana discusión sobre las formas y procedimientos de esa institución.

También es verdad que, luego de los “cochineros judiciales” de Corral y su antecesor en el gobierno, actualmente se percibe una clara voluntad de poner orden en el Poder Judicial, de darle viabilidad política, administrativa y jurídica haciendo las cosas bien.

Por ejemplo, el próximo martes 31 de mayo es una fecha importante dentro del Poder Judicial. Ese día finaliza el periodo del primer Consejo de la Judicatura de Chihuahua, con lo que se habrán de realizar los cambios pertinentes, ya bajo las nuevas reglas, y en los que se trabaja ya en la preparación y consenso de las decisiones correspondientes.

Este órgano del Poder Judicial (Consejo de la Judicatura) se compone de cuatro comisiones, administración, disciplina, vigilancia y carrera judicial, de las cuales, actualmente los titulares son Abelardo Valenzuela en vigilancia, Minerva Correa en disciplina, Luis Villegas en administración, quedando vacante la comisión de carrera judicial por la solicitud de retiro del magistrado Ruiz Gámez.

El magistrado Luis Villegas es, a la vez, el coordinador del proyecto de la reforma laboral que debe ser actualizada en nuestro estado en el mes de noviembre, para homologarla con la federal.

Así pues, el próximo martes se definirán los cargos de estas comisiones, así como sus respectivos titulares, lo que necesariamente llevará al análisis de los perfiles de quienes hoy las ocupan.

En ese orden de ideas, se percibe que hay condiciones para que continúen al frente del Consejo de la Judicatura quienes hoy se desempeñan en tales encargos, así como las respectivas comisiones, salvo la obligada sustitución del magistrado Ruiz Gámez a causa de su solicitud de retiro.

Quizá estos cambios al Poder Judicial no gusten a algunos, es válido, pero se realizan desde la visión jurídica de quien pretende fortalecer una institución muy manoseada en administraciones anteriores, y lo menos que se puede hacer es, precisamente, respetar la autonomía e independencia de un poder del estado.

En todo este proceso hay dos constantes: la claridad y transparencia con las que se ha desarrollado, así como la voluntad de la presidenta del Poder Judicial, Miriam Hernández, de incluir todas las visiones políticas y jurídicas en el proceso ya que, como ella misma lo dijo en su toma de protesta “El Poder Judicial no tiene colores partidistas ni ideologías políticas, aquí solo se imparte justicia”

Lo menos que podemos hacer quienes observamos y analizamos estos movimientos, es, precisamente, respetar esa autonomía e independencia y estar atentos al devenir de los resultados que provoquen dichos cambios, confiando en que serán altamente positivos.